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Solicitud de acuerdo sobre receso.-Explicaciones de los señores Zayas y Méndez Capote.-Se acuerda de conformidad.-El Senado aprueba la moción del señor Méndez Capote para suspender sus sesiones el día 18.

A las 6 horas y 22 minutos de la tarde y bajo la Presidencia del Dr. Estevez comenzó la sesión.

SR. PRESIDENTE: Se abre la sesión. El Secretario, Sr. Recio, va á dar lectura á la proposición de los cinco Sres. Senadores que han solicitado la sesión extraordinaria para revisar el acuerdo sobre el receso. SR. RECIO: (Lee la proposición.)

SR. PRESIDENTE: Concedo la palabra á cualquiera de los cinco Sres. Senadores que la suscriben, para explicar al Senado sus propósitos en este asunto. SR. PARRAGA: Que se haga la revisión sin usar de la palabra.

ra de Representantes y el Senado respecto á la suspensión de las sesiones del Congreso para que el Ejecutivo ejerciera las facultades que le atribuye el artículo sesenta y ocho de la Constitución.

Realmente yo no tengo ningún interés en que se revise el acuerdo que desechó la proposición de la Cámara, por más que no me opongo á que así se haga si así se desea. En lo que tengo interés es en que se revise el otro acuerdo, el consistente en comunicarle al Ejecutivo que había desacuerdo entre las dos Cámaras, porque parece que mientras que no le comunicáramos á la Cámara de Representantes ó bien que no esSR. ZAYAS: Yo no voy á hacer proposición alguna; tábamos conformes con que el día quince se suspenyo realmente he suscrito esa moción pensando en que dieran las sesiones, ó bien cualquiera otra proposidebía revisarse uno de los acuerdos que aquí se adopción, si se revisa, consistente en que suspendan otro taron. Recordarán perfectamente los Sres. Senado- día que aquí se determine, mientras no le comuniqueres que en primer lugar se discutieron y votaron dos mos esto y la Cámara insista en que es el día 15, no enmiendas al Proyecto de Resolución que envió la se puede decir realmente que hay un desacuerdo irreCámara de Representantes sobre el receso. La Cá- ductible ente el Senado y la Cámara que exija la inmara propuso que se suspendieran las sesiones el día tervención de una tercera entidad que por virtud de quince de este mes; el Sr. Morúa Delgado propuso que la facultad constitucional suspenda las sesiones. Me se suspendieran el día 25 del corriente, y yo proponía parece que no es necesario esforzarse para demostrar, que se suspendieran el día quince del mes próximo que por el simple hecho de haber propuesto la Cámavenidero; como estas dos proposiciones constituyen ra el día quince y no aceptar el Senado ese día, por enmiendas de lo propuesto por la Cámara de Re- ese simple hecho, no se puede decir que existe un depresentantes, se votaron por el orden de su ma- sacuerdo tal entre ambos Cuerpos que sea necesario liayor apartamiento de lo propuesto por la Cámara, mar al Ejecutivo, acudir á él para que suspenda las sesiendo desechadas; entonces se votó la proposición siones, cortando, digamoslo así, la dificultad. Por conde la Cámara de Representantes y también fue dese- siguiente, yo recomiendo que se revise el acuerdo conchada. De manera que este último fue uno de los sistente en comunicar al Ejecutivo el desacuerdo que acuerdos que allí se adoptaron: el desechar la fecha se eecía reinar entre la Cámara y el Senado, y si no propuesta por la Cámara de Representantes; pero des se revisare el que consistía en no aceptar la fecha del pués se tomó otro acrerdo, que fue el siguiente: comu- 15; propongo entonces que en lugar de comunicarle al nicar al Ejecutivo que había desacuerdo ente la Cáma- Ejecutivo el desacuerdo, nos limitemos á comunicar

á la Cámara el no haber aceptado la fecha del quince; pero si se aceptara el revisar el acuerdo consistente en no aceptar la fecha del quince, entonces propongo que se presente una moción por algunos de los señores Senadores señalando alguna otra fecha y si esto se acordare se le comunique á la Cámara de Represen

tantes.

SR. MÉVEEZ CAPOTE: Pido la palabra.

SR. PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Méndez Capote.

SR. MÉNDEZ CAPOTE: Yo estoy de acuerdo con la solicitud de revisión y la voy á votar pero no limitada como proponía el señor Zayas, al último acuerdo del Senado, sino á todos los acuerdos que aquí se tomaron y necesito y me facilita ocasión lo que acaba de exponer el señor Zayas, necesito explicar por qué voté en ese sentido, á ver si consigo que alguno de los señores Senadores que votaron conmigo el acuerdo á que se reféría el señor Zayas, llegan á tomar sobre este punto la misma determinación que yo.

Hay una cuestión de interpretación no de la Constitución, sino de la Ley de Relaciones: sostenía yo aquí ahora días que, conforme á esa Ley, en este caso especial, cuando la Cámara votase un acuerdo Ꭹ lo rechazara el Senado ó lo votase el Senado y lo rechazase la Cámara, en este caso especial, repito, de la suspensión de las sesiones, no era necesario acudir al trámite ó á la regla de la Ley de Relaciones y que ello debe comunicarse desde luego al Presidente de la República para que éste resolviéra con arreglo al inciso tercero del artículo 68 de la Constitución.

Pero yo comprendo que esa es una interpretación de la Ley de Relaciones, estoy convencido de esa interpretación, pero no estoy completamente seguro de que efectivamente esa sea la recta y la única, pero por lo pronto ella nos ha conducido á una situación dificil de la cual podemos salir sin desdoro para el Senado; porque viene un acuerdo de la Cámara proponiendo que las sesiones del Congreso terminen el 15 del actual, nosotros no acordamos nada sobre ello, ni tampoco sobre las proposiciones de que cesaran el 25 de este mes ni el 15 del que viene, que hicieron dos sefiores Senadores, y acordamos no suspenderlas ningún día, y en esa condición estábamos cuando se pidió que se comunicase el acuerdo al Presidente de la República por no haber tenido acuerdo, pero también hay que tener en cuenta en las condiciones que se ha de encontrar el Presidente de la República, bastante difíciles por cierto, mucho más cuando mañana estamos á quince y tenemos sobre la Mesa asuntos importantísimos como son la Ley Electoral, que no solo por su importancia, sino por su gran extensión, necesitan estudio y que se tenga el tiempo. necesario para ello. Də manera que para que el acuerdo que nosotros vamos á tomar es de que sea el sábado el receso y como el de la Cámara es el de recesar el día 15, para que pueda cumplirse un precepto reglamentario, es necesario

que se revisen todos los acuerdos que aquí se tomaron, y no como dice el señor Zayas, porque entonces nos encontraríamos en iguales condiciones en que estábamos cuando se dió cuenta de la resolución de la Cámara. Además, hay esta con-ideración, también muy importante: la interpretación que motivó el acuerdo contra el cual alegaba el señor Zayas en estos momentos: podrá ser muy justa, lo entiendo así, ajustada á los términos de la Ley de Relaciones, pero nos está enseñando la práctica que es inconveniente. Parece natural que en este caso que afecta de un modo tan importante á la Cámara de Representantes, no ya á sus acuerdos sino á su mismo modo de funcionar, nosotros le comuniquemos nue-tra resolución como en todos los demás casos diferentes de éste; y cuidado que esto se trató en la Ley de Relaciones á moción mía, parece que en este caso está más solicitado que en los demás; por eso queríamos, naturalmente, la li bertad de discutir y votar sobre el acuerdo; y la necesidad de poner otra fecha enfrente, como indica el señor Zayas. Yo creo que no debe haber en ello ningún inconveniente para los señores Senadores.

SR. ZAYAS: Yo manifesté que pedía la revisión de uno de los acuerdos y que no me oponía á la revisión del otro; yo no me opongo á que se revisen los dos.

SR. PRESIDENTE: ¿Acuerda el Senado revisar los acuerdos en la forma que propone el Sr. Méndez Capote? Tienen que ser trece votos, la mitad más uno de los Sres. Senadores. (Todos los Sres. presentes manifiestan su conformidad.)

SR. MÉNDEZ CAPOTE: Yo propongo que el término de la Legislatura sea el día diez y ocho de este mes, y que se comunique á la Cámara de Representantes, para ver si ella está conforme, y si no, que se eleve al Presidente de la República.

de la palabra sobre lo que acaba de manifestar el seSR. PRESIDENTE: ¿Algún señor Senador quiere usar

ñor Méndez Capote?

SR. FRÍAS: Pido la palabra.

SR. PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Frías. SR. FRÍAS: Yo rogaría al señor Méndez Capote que modificara su proposición, y en lugar del día diez y ocho fijara el día diez y siete.

SR. MÉNDEZ CAPOTE: No, hasta el diez y ocho. SR. PRESIDENTE: ¿Acuerda el Senador el receso del Senador para el día diez y ocho del corriente mes? (Señales afirmativas.) Se comunicará á la Cámara de Representantes.

La Presidencia recuerda al Senado que en el día de mañana tendrá lugar la sesión próxima, discutiéndose la Ley Electoral; y como hay un acuerdo del Senado que cuando se trate de la Ley Electoral se dediquen dos horas á su discusión, y una á los demás asuntos que se presentaren, debo advertir que habrá de ser tres horas la duración de las sesiones. Se levanta la Sesión. Hora: las 6 y 30 m. P. M.

MPRENTA DE RAMBLA Y BOUZA, OBISPO 35.

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Trigésima tercera sesión ordinaria.—Julio 15 de 1903.

SUMARIO

Se lee y aprueba el acta de la sesión anterior.-Continúa la discusión sobre el proyecto de Ley de auxilio á los Consejos Provinciales.-El señor Frías presenta dos adiciones al Art. II.-Observaciones del señor Zayas.-Quedan rechazadas las adiciones del señor Frías y aprobado el Art. II de la Comisión.Se discuten y aprueban las siguientes articulos hasta el IV.-El señor Recio propone que el auxilio de 8,500 pesos sea sin límite fijo.-Es rechazada la proposición del señor Recio.-Se aprueba hasta el último articulado de la Ley.-Comienza la discusión sobre la Ley Electoral.-Queda aprobada la totalidad de la Ley.-Queda aprobado el articulado de la Ley hasta el 11: inclusive.

A las cuatro horas y cuarenta minutos de la tarde | no habría de entorpecer las negociaciones, en que se auy bajo la Presidencia del Dr. Estevez y Romero, comienza la sesión.

SR. PRESIDENTE: Se abre la sesión. El señor Oficial de Actas se servirá dar lectura á la de la sesión anterior.

SR. OFICIAL DE ACTAS: (Lee el acta.)

SR. PRESIDENTE: ¿Se aprueba el acta, señores Senadores? (Señales afirmativas.) Queda aprobada el acta. Continúa la discusión sobre los Consejos Provinciales. Se trataba del artículo 20

SR. RECIO, Secretario: Artículo segundo. (Lee.) SR. PRESIDENTE: Tiene la palabra sobre este artículo el Senador que la desee usar.

SR. FRÍAS: En la sesión anterior se suspendió la discusión en los momentos en que yo proponía que se incluyera en la lista de los impuestos que debieran ser objeto de la cesión, transferencia ó autorización para los Consejos, de un impuesto sobre la inscripción de ganado mayor. Las razones en que se funda esta solicitud son bastante claras.

No encarece en lo absoluto, porque no es el odioso -que así se llama-impuesto tobre el consumo de ganado el que nosotros vamos á establecer; es simplemente una cantidad, que si los Senadores lo creen oportuno, hasta podemos fijar en límite, podemos señalar el de 25 centavos por la inscripción ó trasmisión de cada cabeza de ganado mayor, nada al precio, porque quien paga una cantidad por la inscripción ó trasmisión de cada cabeza de ganado, que el que paga una cantidad de pesos bastante crecida por una res,

mentara en una cantidad tan insignificante. Sin embargo bastantes ingresos resultarían para que los Consejos pudierau desenvolverse por si mismo y tuviesen la manera de atender á los fines para los cuales han sido creados. Yo ruego, pues, al Senado que incluya como un inciso más de esta Ley el de inscripción y trasmisión de ganado mayor» é igualmente el de un impuesto sobre documentos mercantiles atendiendo á la cuantía de los mismos; impuesto que ya ha existido, que es fácil de cobrar, que no estorba las negociaciones, que no se presta á la ocultación y que no despertaría la protesta que han despertado los demás impuestos que en la actualidad están vigentes. Yo no quiero cansar al Senado, me propongo, para suspender la discusión, sujetarme, por mi propia voluntad sin que la Presidencia me llame la atención, al acuerdo de los cinco minutos. Por tales razones aquí concluyo, suplicando al Senado que acuerde estas dos adiciones al artículo del Proyecto de Ley que se discute.

SR. ZAYAS: Pido la palabra para una cuestión de orden.

SR. PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Zayas. SR. ZAYAS: Yo recuerdo perfectamente que esta discusión se interrumpió discutiéndose, si el epígrafe de derechos reales y trasmisión de bienes quedaba ó no quedaba en este artículo, porque se convino en votar primero respecto de los impuestos que ya venían en el dictamen de la Comisión. De manera que me parece que sería mas ordenada la discusión si acordáramos primero respecto de los derechos reales y trasmisión

de bienes y después respecto de la explotación de minas, y luego que se concluyera con esa materia entrásemos con las adiciones del señor Frías.

SR. PRESIDENTE: Yo ofrezco al señor Zayas hacerlo así cuando llegue el momento de votar. SR. RECIO: Pido la palabra.

SR. FRÍAS: El ganado mientras permanece en poder de un mismo dueño se transforma en su inscripción, pero se mantiene lo mismo que antes.

SR. RECIO: Pues entonces habrá necesidad de poner notas en la Ley.

SR. FRÍAS: Esa es la reglamentación del impuesto. SR. RECIO: Pero el impuesto no está reglamentado como supone el señor Frías; por tanto quien tiene ga

SR. PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Recio. SR. RECIO: El señor Frías creo que ha propuesto dos impuestos nuevos: uno sobre trasmisión de gana-nado á piso al pasarlo de un barrio á otro tiene que do mayor, y otro sobre documentos mercantiles.

Respecto al primero, debo decir que ya eso fué ob jeto de una moción del señor Morua Delgado enmendando el primer dictamen de la Comisión que volvió á la misma con otras mociones para redactar este dicta-cion; en efecto, ó el Consejo la centraliza en las cabemen, y que en el seno de esa Comisión no se aceptó; por consiguiente, yo solo he de rogar á la Comisión que no acepte la adición del señor Frías en lo que se refiere al ganado mayor, porque ya antes lo rechazó. Hay, además otras muchas razones que aconsejan no aceptar la adición del señor Frías referente á un impuesto por inscripción y trasmisión del ganado mayor, siendo una de ellas, y no por cierto de poco valor, la incongruencia que resulta entre nuestros acuerdos de ayer oponiéndonos á un impuesto sobre aprovechamientos forestales por no gravar una industria del país; que con tanto calor y acierto defendía el señor Frías, y el intento hoy del mismo señor, pidiendo uno que resulta oneroso para otra industria no menos digna de su protección.

Ayer ayudamos al señor Frías y á los que como él pensaban para que no se adoptara el impuesto sobre guías ó aprovechamientos forestales que constituye una pequeña industria del país. Las mismas razones abundan en contra del impuesto que se propone por la inscripción y trasmisión del ganado mayor. Supongo que al decir el señor Frías ganado mayor, se refería al ganado vacuno.

SR. FRÍAS: Y á todos los demás que por su tamaño

merezcan ese nombre.

SR. RECIO: Entonces al ganado caballar y mular. Pues bien, se propone 25 centavos por cada inscripción, y la inscripción del ganado se hace por distintos motivos. El ganado se inscribe en el punto donde radica la finca, en donde aquél está empotrerado, si éstá á piso se le lleva con frecuencia de un lado á otro sin variar de dueño, sin haber compro-venta, simplemente para mejorar de pasto ó de aguada. Admitida la adición, va á resultar gravada en 25 centavos por cabeza cada vez que una res pase de un punto á otro. En segundo lugar, el impuesto de 25 centavos por cabeza es relativamente pequeño si se compara con los cuarenta ó cincuenta pesos que vale una res mayor; y hay que tener en cuenta que ese impuesto va á gravar un ganado que todo él es procedente del extra gero, que tiene tantos gastos, lo cuales constituyen la diferiencia que utiliza el propietario cubano. En tercer lu gar al ternero desde que nace se le inscribe, al pasar el año se ie inscribe, y al pasar á buey, si la res es pequeña y paga por su inscripción los mismos 25 centavos resulta ya enorme el impuesto, y como una misma res se inscribe repetidas veces, á medida que varía la clase, resultará repetidas veces gravada y ya entonces será gravosísimo aquel impuesto aparentemente tan pequeño. En tercer lugar no hay que olvidar que la mayor parte del ganado existente en Cuba, es importado y por tanto que los impuestos todos con que lo gravemos pesarán unicamente sobre el poseedor cubano y amenguarán en mucho la pequeña utilidad que el negocio le deja, á lo que se agrega que esa merma aumenta tantas veces cuantas sean las inscripciones,

pagar la inscripción, es decir, que cada vez que mueva el ganado habrá de pagar los consabidos 25 centavos. Por último, ese impuesto tiene aun otro grave inconveniente cual es el que resulta onerosa la recaudaceras de los términos municipales ó la deja dispersa por los barrios; en el primer caso irroga grave daño á los ganaderos que reciden lejos de la cabecera, es decir, á los que más se dedican á la industria pecuaria y que no pueden cultivar con provecho otra cosa, por lo mismo de que están muy distantes de los centros urbanos; esa centralización ni sería justa ni conveniente, y no haría otra cosa que favorecer las ocultaciones y el fraude al tesoro provincial; si por el contrario se dejan los Registros Pecuarios dispersos por los barrios, el Consejo ó tendría que valerse de los Alcaldes de Barrio que son funcionarios municipales, para efectuar la recaudación ó tendría que nombrar un personal numeroso que en sueldos se llevaría mayor cantidad que la producida por el impuesto que discutimos. Lo prime ro ni es justo ni posible, porque no puede obligarse á un funcionario que sin cobrar sueldo acepte la responsabilidad que implica toda recaudación, y tan es así, que es seguro que ningún Alcalde de Barrio aceptaria el encargo. Y lo segundo, que el Consejo nombrase personal expresamente; ya dige antes, y es evidente que irrogaría más gastos que beneficio.

Finalmente, la industria pecuaria que aun hoy está sosteniéndose de la importación que lleva gran cantidad de dinero cubano al extranjero, necesita de toda la protección, de todo lo que aquí hemos acordado concederle, á fin de que ese dinero no salga y se quede en la República, y mal resultará ese propósito si empezamos á gra varla en los momentos precisos en que se inicia.

Por todas estas razones, ruego al Senado, que, permaneciendo en el criterio que hasta ahora parece definitivo, de proteger las industrias del país, se oponga, como nos opusimos ayer al impuesto sobre aprovechamientos forestales, á este impuesto que se discute. SR. FRÍAS: Pido la palabra.

SR. PRESIDENTE: Tiene la palabra el señor Frías. SR. FRÍAS: Si alguna argumentación pudiera hacerse en favor del impuesto que antes he tenido el honor de defender, esa defensa estaría en las manifestaciones hechas por mi amigo el Senador señor Recio, que tratando de combatirlo, sin embargo no ha hecho más que exponer argumentos en favor de tal impuesto.

En primer término el señor Recio nos indicaba inconvenientes que no existían en lo absoluto. Cuando se trata de una Ley de caracter general, de un impuesto, no es posible suponer tod s los detalles de la misma, y á esos detalles es á los que se ha referido el señor Recio. Cuando se autoriza á los Consejos para cobrar un impuesto de la inscripción y trasmisión del ganado mayor, desde luego aquella inscripción al hacerse devengará el impuesto; pero no podrá ser posible cobrarle ese mismo impuesto al que hizo la inscripción, porque él trasnforma dentro de los libros del Registro Pecuario su propiedad en distinta forma sin que deje nunca de pertenecerle, por eso viene la segunda frase «la trasmisión.» Cuando entre por primera vez

lo pagará, cuando dejando de ser propiedad del que lo
inscribió pase
á ser propiedad de otro, en estas condi-
ciones la Ley es clara y no da lugar á los inconvenien-
tes que el señor Recio apunta. Cuando los Consejos
con esta facultad desenvuelvan los impuestos, esa será
la ocasión de aclarar, sin que pueda hacerlo de otra
manera, porque no se ajusta á la mente á la intención
ni á la forma en que se va á declarar el cobro de este
impuesto.

En segundo lugar el señor Recío nos decía que va á ser completamente inútil porque no resulta importante el cobro de estas cantidades; por ese concepto si el señor Morua Delgado tiene la bondad de auxiliarme en estos datos, él que ha hecho cálculos acerca de este impuesto, podrá decir al Senado hasta cuanto se calcula, bajo una base módica.

Por último, el señor Recio nos decia, que estaban los Registros en manos de funcionarios que cobran por el municipio y que no hemos de echar sobre los Consejos Provinciales esos gastos, y que la única manera de cobrar los impuestos es dándole el dinero para que los funcionarios lo perciban; pero el funcionario que lleva el Registro Pecuario, ante el cual hay que justificar el título de propiedad, la guía ó cualquiera de los documentos que demuestran que uno es dueño del ganado que va á inscribir, bien puede, perfectamente, junto con la obligación de examiuar esos antecedentes tener la de fijar un sello dividido en la matriz óción obligatoria del ganado, y, además se hace neceen el título que se le da al portador y esa sería la única función: inspeccionar si en cada inscripción e-taba pegada la parte del sello dividido, porque había de llevársela el interesado y la otra habría de quedar en la inscripción.........

SR. ZAYAS: Yo no sé que pensará el resto de la Comisión, pero en mi particular. como miembro de la misma, no estoy dispuesto á aceptar las dos enmiendas del Sr. Frías. Entiendo que no se debe aceptar en esta Ley como materia imponible por parte de los Consejos Provinciales, la inscripción y trasmisión del ganado mayor que es como se ha redactado este párrafo; porque las razones que ha dado el Sr. Recio yo no las entiendo como las entendía el Sr. Frías, de venir en apoyo de su tésis, sino que por el contrario iban en contra de su tésis. Noso ros hemos procurado, y hay una Ley vigente que así lo demuestra, favorceer el desarrollo de la industria pe uaria, hemos procurado, dictando disposiciones que faciliten ese desarrollo, que ella vuelva á adquirir en el p ís, el auge que en cierta época obtuvo. Y yo creo que con esta imposición que se dá á favor de los Consejos Previnciales, sobre la traslación é inscripción del ganado mayor, sea cual fueren las dietas que se establezcan, porque nunca habrían de ser sumamente enormes para que puedan rendir cantidades, que, como decía el Sr. Frías, hagan quizas inútil la concesión de ningún otro impuesto á los organismos Provinciales, se vendría con esa imposición á gravar la industria pecuaria, haciendo todo lo contrario de lo que hasta ahora hemos hecho, es decir, poniendo trabas á su desarrollo como explicaba perfectamente el Sr. Recio; se realiza la inscripsario por virtud del trasiego del mismo, del cambio de manos que sufre el ganado que es traido por el importador ó desde que sale de una hacienda de crianza y pasa por el primer comprador, después que los distintos indivíduos que lo llevan á las poblaciones y por SR. RECIO: (Interrumpiendo.) Con responsabilidad. último por los encomenderos que lo llevan á las mataSR. FRÍAS: Ya lo creo que con responsabilidad. Con zones, vendría á resultar que una res devengaría rela misma que tiene cada vez que inscribe un ganado petidas veces el mismo impuesto, y que la res desde que no es de su propiedad, con la misma que tiene el punto de arranque hasta el punto definitivo de llecada vez que comete un fraude, con la misma que gada para ser beneficiada, habría cambiado dos, tres tiene cada vez que infringe las leyes en esta materia.ó más veces de manos, y yo creo que aquí hay indivíY la inspección sería además muy fácil porque los li bros del Registro Pecuario quedan allí y los Consejos no tendrían que hacer otra cosa que examinar esos libros y ver si existían los sellos que demostraban que se había cumplido con la obligación de pegarlos.

duos que no me dejarán mentir en este punto, porque su voto es autorizado como conocedores de esta materia, y tendríamos que por pequeña que fuese la cuota, iría aumentando en perjuicio, naturalmente, de los que se dedican á esa industria.

Por otra parte, vendría á recaer este impuesto sobre el ganado mayor; es decir, ó sobre aquel que se dedique á la agricultura, que debemos propender á que tenga las menos travas posibles, ó sobre el que se dedica á beneficiarlo y por tanto á proporcionar al consumo una materia como la carne, de primera necesidad.

Y para terminar: decía el señor Recio que iba á gravarse perjudicando á una industria naciente con este impuesto. Es de saberse que yo represento á la provincia de Santa Clara que por si sola tiene más de la cuarta parte del ganado de toda la Isla y puedo decir que en aquella provincia no hay oposicion ninguna á este impuesto. Recientemente se reunieron los Senadores y Representantes de Santa Clara y se convino Además, aquí se sigue lastimosamente confundiendo en esa reunión, se convino aceptar entre nosotros que la naturaleza de los Consejos, tratando de que los Con si el Senado y la Cámara de Representantes lo admi-sejos todos vivan una vida exactamente igual en cuantían, los Representantes y Senadores de una provincia to a sus ingresos, como si no dependiera de la poblano iban á presentarse abiertamente en contra de los intereses que ellos representan.

Y por último, yo puedo derir al señor Recio que clamaba contra los impuestos que se imponen á los que se dedican á la industria ganadera, yo puedo decirle que esta industria es la más próspera: que hoy donde se ve un importador de ganado se ve un hombre rico que ha hecho su fortuna en esa indurtria desde la paz acá; luego es uu negocio muy productivo que puede soportar muy bien el impuesto de 25 centavos por cada res que se importe; cuando con ese solo nego io han hecho fortuna inmensa los importadores.

Creo con esto haber contestado á los argumentos del señor Recio.

SR. ZAYAS: Pido la palabra.

SR. PRESIDENTE: La tiene el señor Zayas.

ción y recursos de las provincias respectivas á que pertenecen; ora se trate de invadir la esfe: a de los Municipios haciendo que materias que pertenecen á los Municipios, por su naturaleza, pasen á ser del Consejo ó haciendo, como pretende el Sr. Frías, que los funcionarios del Municipio se presten á servir los intereses del Consejo Provincial, sin más razón que por que el Congreso así lo disponga; por que no otra cosa era la que venía á deducirse de las palabras con que el Sr. Frías explicaba la facilidad de la recaudación de este impuesto. Decía él: ya existen los Registros Pecuarios, el funcionario que hace allí las inscripciones y trasmisiones de ganado, puede perfectamente fijar los sellos, recaudar su importe y olvida que esos registros on instituciones municipales que están regidas por los Ayuntamientos, que los funcio

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